La Organización Internacional del Trabajo reconoce que las apps de viajes y reparto operan todavía en medio de una laguna normativa en materia laboral, lo que pone en riesgo la calidad de los empleos y dificulta en la práctica la flexibilidad que ofrecen.
El uso de los algoritmos en plataformas digitales para organizar, supervisar y evaluar las laborales de las personas puede afectar las condiciones para contar con empleos decentes, alertó la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Estas herramientas, agregó, escapan incluso a la normatividad vigente, lo que se posiciona como un tema clave para la construcción de un marco de regulación a nivel global.
“Los algoritmos pueden redundar en una mayor eficiencia mediante la optimización de la asignación de tareas a los trabajadores, pero también pueden afectar a varias dimensiones del trabajo decente”, subraya la OIT en su informe Hacer realidad el trabajo decente en la economía de plataformas.
Los algoritmos en las plataformas digitales se utilizan para organizar, supervisar y evaluar el trabajo. Y aunque la flexibilidad es uno de los mayores atractivos para las personas que laboran a través de este tipo de aplicaciones, la implementación de estos sistemas dificulta el trabajo flexible y la conciliación vida-trabajo en la práctica.
“Cuando se utilizan para evaluar el desempeño de los trabajadores y asignarles nuevas tareas, pueden llevar a que se trabaje con horarios intempestivos y variables”, agrega.
Esto se vuelve más relevante, reconoce el organismo, al considerar que “las normas internacionales del trabajo no abordan específicamente las cuestiones relativas al uso de algoritmos”.
En la investigación, la OIT destaca que las jornadas laborales en plataformas digitales alcanzan las 67 horas semanales en promedio en actividades de transporte y 59 horas en tareas de reparto.
“Para la mayoría de los trabajadores de esos sectores, el trabajo en plataformas es su principal fuente de ingresos laborales. Una parte sustancial de esos trabajadores también declara que trabaja los siete días de la semana”, indica.
En el informe se destaca que las personas que trabajan a través de aplicaciones por cada hora remunerada destinan hasta 23 minutos a tareas no pagadas. “En el caso de las plataformas de reparto basadas en la ubicación, el tiempo de trabajo no remunerado puede incluir no sólo los periodos de espera entre encargos, sino también el tiempo dedicado a subsanar errores, por ejemplo, cuando un restaurante se olvida de parte del pedido”.
Los ingresos generados por encargo o tarea realizada, las presiones competitivas que pueden generar una menor remuneración o la posibilidad de ser deshabilitado de la plataforma son parte de los factores que en la práctica complican la conciliación vida-trabajo y generan jornadas laborales más extensas. Pero los algoritmos también tienen un rol en esta ecuación.
“Esa flexibilidad también es una fuente de restricciones y controles ocultos del tiempo de trabajo, en especial cuando va ligada a unos ingresos irregulares e imprevisibles. Cabe señalar también la presión derivada del uso de los algoritmos, que lleva a los trabajadores a permanecer conectados para evitar ser penalizados”.
La OIT reconoce que las aplicaciones han contribuido a mejorar el acceso a actividades remuneradas, especialmente a grupos que suelen enfrentar más dificultades para incorporarse al mercado laboral. Pero también platea desafíos “en particular debido a la utilización de algoritmos para organizar, supervisar y evaluar el trabajo”.
Estos retos, agrega, se relacionan con diversas dimensiones del trabajo decente, entre las que se encuentran la situación laboral, la remuneración, el tiempo de trabajo, el acceso a la seguridad social y la representación y acceso al diálogo social.
“A ello se añade falta de acceso de los trabajadores y sus representantes a información acerca de cómo afectan los algoritmos a sus condiciones de trabajo y, a ese respecto, en qué medida el uso de algoritmos produce resultados equitativos”, apunta
“Esa flexibilidad también es una fuente de restricciones y controles ocultos del tiempo de trabajo, en especial cuando va ligada a unos ingresos irregulares e imprevisibles. Cabe señalar también la presión derivada del uso de los algoritmos, que lleva a los trabajadores a permanecer conectados para evitar ser penalizados”.
La OIT reconoce que las aplicaciones han contribuido a mejorar el acceso a actividades remuneradas, especialmente a grupos que suelen enfrentar más dificultades para incorporarse al mercado laboral. Pero también platea desafíos “en particular debido a la utilización de algoritmos para organizar, supervisar y evaluar el trabajo”.
Estos retos, agrega, se relacionan con diversas dimensiones del trabajo decente, entre las que se encuentran la situación laboral, la remuneración, el tiempo de trabajo, el acceso a la seguridad social y la representación y acceso al diálogo social.
“A ello se añade falta de acceso de los trabajadores y sus representantes a información acerca de cómo afectan los algoritmos a sus condiciones de trabajo y, a ese respecto, en qué medida el uso de algoritmos produce resultados equitativos”, apunta
Sin embargo, el organismo advierte que “no existen instrumentos internacionales que regulen las plataformas digitales de manera integral”. Por ejemplo, si bien el Convenio 30 de la OIT sobre las horas laborales en actividades comerciales puede ser aplicable al trabajo en plataformas digitales, “los tiempos de espera y su remuneración puede considerarse, por tanto, como una laguna normativa”.
¿Es necesaria una norma internacional?
El informe “marca un paso adelante hacia la discusión de una nueva norma internacional del trabajo para apoyar el trabajo decente en la economía de plataformas”, afirma la OIT.
Frente a los vacíos legales en el sector, puntualiza, “es necesario adoptar medidas normativas para subsanar las lagunas en las normas internacionales del trabajo en vigor y asegurar el trabajo decente en la economía de plataformas”.
Las diferentes iniciativas de reformas y legislaciones en torno a la regulación del trabajo en plataformas digitales “ponen de relieve la importancia de disponer de una norma específica que pueda orientar y guiar las iniciativas nacionales”.
¿Qué debería considerar una nueva norma internacional enfocada en el trabajo en plataformas digitales? Algunos puntos destacados en la investigación incluyen:
- Reconocer que las plataformas en línea y las plataformas basadas en la ubicación presentan muchas similitudes que hacen que puedan regularse mediante un conjunto común de principios.
- Abarcar a los trabajadores, independientemente de su situación laboral, aunque reconociendo la posibilidad de que existan distintas vías para que empleados con diferentes situaciones laborales ejerzan sus derechos.
- Reconocer la importante función que pueden desempeñar las plataformas digitales para garantizar un trabajo decente a los trabajadores de plataformas.
- Ofrecer un marco claro para afrontar los desafíos nuevos y específicos relacionados con el trabajo decente en la economía de plataformas, especialmente en el uso de tecnologías que repercuten en las condiciones de trabajo, como sucede con los algoritmos para organizar, supervisar o evaluar el trabajo.
- Abordar la cuestión de la suspensión o la terminación de la relación de trabajo y la desactivación de las cuentas.
- Reconocer la naturaleza dinámica de la economía de plataformas y prever la posibilidad de proceder a futuras adaptaciones de la norma.
- Ofrecer un cierto grado de flexibilidad para que los países puedan brindar una protección que, en la legislación y en la práctica, se ajuste a las condiciones nacionales y a las normas internacionales del trabajo.
- Subrayar la importancia del diálogo social tripartito para la elaboración de leyes y reglamentos adecuados.
El reporte presentado por la OIT está acompañado de un cuestionario para los países que integran la organización, el cual deberán entregar a más tardar el 31 de agosto de este año. El objetivo de este ejercicio es que las naciones compartan “su opinión sobre la forma, el alcance y el contenido de las futuras normas laborales”.
Artículo tomado de El Economista, lea el original aquí.