Covid-19, estrés, trastornos mentales afectivos (depresivos, de ansiedad o mixtos), diversos tipos de cáncer, y enfermedades por intoxicación se unen al catálogo de enfermedades por trabajo.
Rumbo al cierre del presente año han entrado en vigor disposiciones y reformas en materia laboral que hay que considerar para 2024 , pues atañen a las personas que trabajan desde su casa hasta los trabajadores y trabajadoras independientes que suman más de 13 millones en el país.
“Son nuevas disposiciones de relevancia para el trabajador y que hay que considerar el próximo año, ya que la mayoría aplicarán a partir del siguiente año”, comentó Edgar Enríquez, presidente de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social (CROSS) del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP).
1. Condiciones de seguridad y salud para el trabajo a distancia
Luego de su publicación el 8 de junio pasado en el Diario Oficial de la Federación, la norma oficial mexicana Nom-037-STPS-2023 entró en vigor el pasado 5 de diciembre.
Información de KPMG detalla que esta norma es aplicable a todos los centros de trabajo que cuenten con personalidad en la modalidad de teletrabajo, es decir, que realice más de 40% de su jornada laboral y sus actividades de manera remota.
Entre los nuevos compromisos para el centro de trabajo está “realizar un pago mensual a cada persona teletrabajadora por concepto de costos derivados del teletrabajo, dicho pago contemplará el servicio de internet y la parte proporcional de la energía eléctrica. Para el cálculo de dicho pago, se computará el costo del servicio de internet y/o el incremento de velocidad o mejora del servicio requerido para el correcto desempeño del teletrabajo, así como el consumo mensual de energía eléctrica de los equipos informáticos y/o dispositivos electrónicos y, en su caso, el costo diferencial en periodos de invierno y verano”, refiere la nom publicada en el DOF.
2. Nueva tabla de enfermedades por trabajo
Según el IMCP, el 4 de diciembre de este año fue publicado en el DOF el decreto para reformar el artículo 513 y la tabla de enfermedades de trabajo de la Ley Federal del Trabajo, en la que se agregan 88 nuevas enfermedades , de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud.
Así se agrega pérdida del embarazo, covid-19, estrés grave, trastornos mentales afectivos (depresivos, de ansiedad o mixtos), diversos tipos de cáncer, y enfermedades por intoxicación y específicas de la mujer.
Para la aplicación de esta disposición sólo está pendiente la publicación del Catálogo de las Cédulas para la Valuación de las Enfermedades de Trabajo, el cual servirá como instrumento auxiliar en la evaluación y dictaminación que realizan los peritos médicos, este debe publicarse en los primeros días de febrero, pero el catálogo actualizado ya aplica, explicó el representante del IMCP.
3. Acceso al crédito Infonavit
Para compra de vivienda a trabajadores independientes o por su cuenta. Si no recibes salario, y obtienes ingresos por el libre ejercicio de tu profesión, oficio o actividad. Eres ejidatario, colono o pequeño propietario, o patrón con trabajadores asegurados y te inscribes voluntariamente al régimen obligatorio, podrás realizar aportaciones al Infonavit para acceder a un crédito o abono a subcuenta de retiro.
Los pagos podrán ser mensuales, bimestrales, semestrales o anuales adelantados, a elección del asegurado, refiere información del IMCP.
Esta nueva disposición se logró por una modificación a la Ley Federal del Trabajo, Ley del Seguro Social y la Ley del Infonavit a finales de noviembre de 2023.
4. Incremento de 20% al salario mínimo
Quienes ganen uno y hasta dos salarios mínimos, tendrán un incremento de 20% en sus ingresos, pues el salario mínimo general para el siguiente año será de 248.93 pesos diarios y a 374.89 pesos diarios en la Zona Libre de la Frontera Norte.
El aumento aplica a los trabajadores cuyos patrones operan en la formalidad y reportan sus honorarios al fisco. El salario mínimo es una referencia del ingreso que debe recibir un trabajador por su actividad laboral. Por ley, ningún trabajador debe ganar menos de lo que indica este salario mínimo.
Artículo tomado de Expansión, lea el original aquí.