El organismo que pertenece a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, recordó que para realizar el proceso, es necesario contar con la e.firma
Un año nuevo empieza, y con él, una serie de obligaciones fiscales, entre las que se encuentra la Declaración Anual 2023, por lo que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió la información correspondiente para las personas morales.
Recordemos que el organismo que pertenece a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), “tiene la responsabilidad de aplicar la legislación fiscal y aduanera”.
Lo anterior, a decir del SAT, con el objetivo de que tanto las personas físicas como morales, “contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público”.
Sin embargo, recientemente publicó un comunicado para informar sobre la Declaración Anual correspondiente al año 2023 para personas morales, las cuales, son aquellas con propia razón social, es decir, que realizan alguna actividad sin fin lucrativo.
Actualizaciones sobre la declaración anual 2023 para personas morales
- Se pueden agregar las pérdidas fiscales por amortizar que no se visualicen en el formulario, y que provienen de los ejercicios 2013 a 2021.
- Se incluye la primera y segunda actualización de la pérdida fiscal por amortizar, si es que se generó en el ejercicio inmediato anterior.
- Se eliminan los estados financieros de “flujo de efectivo” y de “cambios en el capital contable”.
- Precarga de la información de los estados financieros que permanecen, presentados en el ejercicio inmediato anterior.
- Adición de la deducción inmediata de inversión prevista en el Decreto de Relocalización, que se publicó en el Diario Oficial de la Federación y de los beneficios fiscales otorgados a los contribuyentes de las zonas afectadas por el huracán ‘Otis’, en los formularios tanto del Régimen General de Ley como del Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).
- Renovación del formato de los estados financieros para dar mayor certeza al visualizar los datos del contribuyente que se generan en la Declaración Anual.
¿Cuál es el plazo para presentar la declaración ante el SAT?
De acuerdo con el organismo, el proceso inició el pasado 1 de enero de 2024 y se puede realizar hasta el 1 de abril.
Finalmente, el SAT indicó a las personas morales que, para presentar la Declaración Anual 2023, es necesario que cuenten con un servicio de banca electrónica.
Artículo tomado de MVS Noticias, lea el original aquí.